El mayor riesgo potencial en la causación de daños por parte del turismo comporta una mayor exigencia de responsabilidad. Es indiferente si la bicicleta circulaba con riesgo para los peatones.
Audiencia Provincial Navarra, Sentencia 151/2019, 14 Mar. Recurso 325/2018 (LA LEY 162284/2019)
La Audiencia Provincial de Navarra confirma la responsabilidad de la conductora que, cuando salía de un garaje subterráneo, colisionó con un ciclista que circulaba por la acera.
La sentencia descarta la existencia de culpa exclusiva de la víctima, ni siquiera la concurrencia de culpas.
Considera que, a los efectos del presente litigio, es indiferente si la bicicleta generaba o no riesgo para los peatones por circular por la acera, de modo que una eventual lesión de la ordenanza municipal de tráfico en relación con la preferencia de los peatones, no interfiere en la relación causal. Lo importante es que el vehículo causante del siniestro circulaba con riesgo para peatones y ciclistas por donde no tenía ninguna prioridad.